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Protección de datos en salud con la Ley 21.719: clínicas y consultas

Equipo Plumii ·

Caso ficticio

Gloria es secretaria en una consulta de ginecología en Ñuñoa, donde atienden dos doctoras. Son las ocho menos cuarto de un lunes y tiene que confirmar las treinta horas de la semana, contestar diez correos y preparar dos cartas de derivación que la doctora dejó dictadas. Una amiga le contó que un chat de IA le redacta todo eso en un rato, y Gloria copia la agenda completa para pegarla.

¿Qué pide la Ley 21.719 a una clínica o una consulta con los datos de sus pacientes? Primero, lo que no pide: la ley no le impide tener y usar esos datos para atenderlos, ni usar IA para el trabajo diario. Lo que pide es esto:

  1. Tratar casi todo como dato sensible, porque casi todo lo es: la agenda, la ficha y hasta un cobro dicen algo de la salud de alguien.
  2. Mover sólo lo necesario para cada tarea. A la IA le sirve la forma; el nombre y el diagnóstico rara vez hacen falta.
  3. Usar una herramienta con contrato de encargo, decidida por la consulta, no por cada persona.
  4. Avisar a cada paciente afectado si sus datos se filtran, además del reporte a la Agencia.

La agenda que Gloria iba a pegar parece la parte menos delicada de la consulta. No lo es.

En salud, casi todo es dato sensible

Para la Ley 21.719, los datos relativos a la salud son datos sensibles (artículo 2°, letra g). La regla general para tratarlos es la más exigente de la ley: el consentimiento expreso del paciente (artículo 16). Y el artículo 16 bis les pone reglas propias: con ese consentimiento, sólo se pueden tratar para los fines que prevén las leyes especiales en materia sanitaria; sin él, sólo en los casos que el mismo artículo enumera, entre ellos cuando es necesario para el «diagnóstico médico, prestación de asistencia o tratamiento de tipo sanitario» (letra e).

Eso significa que la ley no le impide a una consulta tener y usar los datos de sus pacientes para atenderlos. Lo que cambia es el cuidado con que se mueven. Encima están otras dos capas que ya existían: la Ley 20.584 sobre derechos y deberes de los pacientes, que trata la ficha clínica como reservada, y el secreto profesional. La Ley 21.719 suma el deber de secreto del responsable, que tiene que tomar las medidas necesarias para que sus dependientes —la secretaria, la técnica, quien atiende reclamos— también lo cumplan (artículo 14 bis).

Y la ley no distingue según quién lea el dato. Un dato de salud es igual de sensible en el box que en el escritorio de recepción. Qué otros datos son sensibles está en datos sensibles: qué son.

Sólo lo necesario para cada tarea

Usar IA en una consulta no está prohibido. La pregunta, en cada tarea, es qué datos tienen que llegar al chat para hacerla. La ley responde con el principio de proporcionalidad: los datos que se tratan deben limitarse a los «necesarios, adecuados y pertinentes» para el fin (artículo 3°, letra c). Y el artículo 14 quáter lo lleva al diseño: por defecto, sólo se tratan los datos estrictamente necesarios para cada actividad.

En una oficina cualquiera, una agenda es una lista de nombres y horas. En la consulta de Gloria, cada línea dice algo de la salud de alguien: que se atiende con una ginecóloga, que viene a un control de embarazo, que tiene hora para «resultados biopsia». Pero para casi todo lo que hace Gloria, la IA no necesita saber quién viene ni a qué. Necesita la forma.

Cuando la doctora resume una ficha

La misma regla vale en el box. Una de las doctoras tiene que derivar a una paciente al cardiólogo, la ficha trae cuatro años de controles, y le pide a un chat de IA un párrafo para la interconsulta. Derivar es prestación de asistencia sanitaria: la ley no le impide usar la ficha para eso. Pero una interconsulta necesita la historia clínica relevante, no el RUT, la dirección, el teléfono ni dónde trabaja la paciente.

Ejemplo. Antes: «María José Fuentes, RUT 15.234.567-8, 58 años, vive en Irarrázaval 2450, profesora del liceo de la esquina, hipertensa desde 2021…». Después: «Mujer de 58 años, hipertensa desde 2021, en tratamiento con dos antihipertensivos, consulta por palpitaciones de tres semanas…». El nombre lo pone la doctora en la orden de derivación, que vive en la ficha.

El contexto también identifica: «profesora del liceo de la esquina» puede bastar para saber quién es. Si un dato no cambia la conducta clínica, no tiene por qué ir.

Dos cosas más. La ley pide que los datos sean exactos (artículo 3°, letra d), y una IA puede equivocarse al resumir —un año mal puesto, una dosis que no era—: lo que la doctora firme pasa a la ficha y a otro médico, así que el resumen se lee antes de firmarlo. Y la conversación en el chat es otra copia de datos de salud: conviene borrarla cuando el resumen ya está en la ficha.

Lo mismo vale para contestar el reclamo de un paciente: se trabaja con los hechos, no con la epicrisis; lo explicamos en responder reclamos con IA. Y si lo que el paciente pide es saber qué datos suyos tiene la consulta, está ejerciendo un derecho con plazo: derechos ARCO con la Ley 21.719.

Con qué herramienta

Aunque se mande poco, algo sale. Quien procesa los datos por cuenta de la consulta es un encargado (artículo 2°, letra x), y la ley pide un contrato que diga el objeto del encargo, su duración, la finalidad, el tipo de datos, de quiénes son y los derechos y obligaciones de cada parte; el encargado queda obligado al secreto y a las medidas de seguridad (artículo 15 bis). Ese contrato lo firma el responsable: si la doctora trabaja en un centro médico, normalmente el centro; si atiende en su consulta propia, ella. Lo que vale está en el contrato de encargo.

Si los modelos corren fuera de Chile, los datos salen del país: una transferencia internacional, que la ley permite con un país de nivel adecuado o con garantías adecuadas, como cláusulas contractuales (artículo 27). Con la cuenta personal de un chat gratuito no hay ni contrato ni resguardos, y la consulta no sabe qué salió. La decisión de qué herramienta se usa es de la consulta, no de la secretaria.

Una consulta pequeña suele ser una empresa de menor tamaño. La ley pide que los estándares de seguridad e información se fijen según el tamaño, el tipo de dato y la actividad (artículo 14 septies), y el tipo de dato de una consulta es de los que la ley más cuida. Lo vemos en la Ley 21.719 para pymes.

Si algo sale mal

Si una planilla de pacientes termina donde no debía, en salud hay una obligación que en otras empresas no siempre aparece: como son datos sensibles, además del reporte a la Agencia cuando hay riesgo razonable, hay que avisarle a cada paciente afectado (artículo 14 sexies). Cómo hacerlo está en qué hacer ante una filtración de datos. Los conceptos de base de toda esta página, en la Ley 21.719 en tres conceptos.

Dónde ayuda Plumii

En Plumii, la regla que pone la consulta o la clínica tapa nombres, RUT, correos, teléfonos y direcciones antes de que el mensaje llegue al modelo, y la relación queda en un contrato de encargo. Pero el filtro no reconoce los datos de salud: «control de embarazo», «resultados biopsia» o un diagnóstico llegan al modelo, fuera de Chile y con un proveedor bajo contrato que no puede usarlos para entrenar; lo que Plumii logra es que lleguen sin el nombre («{NAME}, hipertensa desde 2021…»). Si se sube una ficha como archivo, un modelo distinto al del chat la lee entera una vez, tal cual y sin la regla, para poder buscar en ella, y no la guarda. Por eso las plantillas y los resúmenes con sólo lo necesario siguen siendo la mejor costumbre. Las conversaciones están cifradas y son sólo de quien las escribe, y queda un registro de uso, sin las conversaciones, con qué datos traía cada mensaje. Más en privacidad por diseño.


Las personas, empresas y situaciones de este artículo son ficticias: las inventamos para explicar la ley, y cualquier parecido con un caso real es coincidencia. Este artículo es información general, no asesoría legal. El texto oficial de la ley está en la Biblioteca del Congreso Nacional.

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